Carga horaria mínima de las Tecnicaturas Superiores

En vista de la Disposición N° 143/14 de la Dirección General de Educación de Gestión Privada (DGEGP), cuya fundamentación está referida al cumplimiento de las normas emanadas del Consejo Federal de Educación (CFE) en relación al acatamiento de la carga horaria mínima con que deberán contar los Planes de Estudio de las Tecnicaturas Superiores, de 1.600 horas reloj, según lo indicado por la Subsecretaría de Educación en conformidad con el dictamen de la Procuración del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hemos recibido numerosas consultas de las instituciones educativas de nivel superior en cuanto a vigencia y alcance de la norma, así como a su interpretación para responder a las adecuaciones exigidas.

Luego del análisis del Departamento Legal de FEDUTEC, se concluye que las prórrogas al Decreto PEN N° 144 de validación nacional por sucesivas resoluciones ministeriales, hasta tanto se dicten los respectivos marcos de referencia, no invalidan el acatamiento a lo establecido por las sucesivas resoluciones del CFE, en especial las resoluciones N° 47/08 y 209/13, que establecen el cumplimiento de las 1.600 horas reloj como requisito de homologación para obtener la validación nacional de las carreras. No obstante, resulta criterioso solicitar a esa Dirección General que clarifique la vigencia y el alcance de la norma dictada.

Por tanto, el Sr. Presidente de FEDUTEC le envió a la Prof. Beatriz Jáuregui, Directora General de la DGEGP (CABA), una nota solicitándole tal cometido para poder orientar legalmente a las instituciones en búsqueda del cumplimiento de los encuadres normativos, con el imprescindible sustento y asesoramiento oficial para no comprometer el desempeño de las instituciones, ni mermar su nivel de prestaciones educativas. Copia de la mencionada nota puede observarse más abajo de la presente.

Consejo Directivo de FEDUTEC
Septiembre de 2014

Nota a la Prof. Jáuregui - 02-09-14

Nota a la Prof. Jáuregui – 02-09-14